La Jurisdicción Especial para La Paz, JEP recibió un fuerte ajuste por parte de la Corte Constitucional, que tumbó varias reglas que le permitían investigar a mandos medios militares y ampliar el número de comparecientes. El alto tribunal eliminó la llamada “selección de segundo orden” y también la categoría de responsabilidad intermedia, al considerar que no estaban contempladas en la ley. Con esta decisión, la Corte Constitucional dejó claro que la JEP debe centrarse únicamente en los máximos responsables y no extender sus investigaciones más allá de lo definido inicialmente. El fallo redefine el alcance de esta jurisdicción y limita su margen de acción dentro del sistema de justicia transicional.


