Consejo de Estado mantiene la personería jurídica del movimiento político Pacto Histórico

El Consejo de Estado mantiene la personería jurídica del movimiento político Pacto Histórico.

Mediante sentencia proferida el 21 de mayo de 2026, la Sección Quinta negó las pretensiones de las demandas, las cuales controvertían la autorización que dio el Consejo Nacional Electoral el acuerdo de fusión entre los partidos Comunista Colombiano, Unión Patriótica y Polo Democrático Alternativo y de esta forma haber permitido el surgimiento del Movimiento Político Pacto Histórico.

El Consejo de Estado encontró que el reconocimiento de la personería jurídica fue acorde con la normativa vigente y la jurisprudencia electoral y constitucional. Adicionalmente, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo, precisó que no hubo vulneración del régimen de propaganda electoral al autorizarse el registro del logosímbolo de la nueva colectividad.