Corte Constitucional ordena ajustar la UPC de 2027 a las necesidades reales de la salud y no a la disponibilidad fiscal

El valor de la UPC de salud para 2027 deberá responder a las necesidades reales de financiación del sistema y no únicamente a la disponibilidad presupuestal, según determinó la Corte Constitucional. A través del Auto 1302 de 2026, el tribunal ordenó al Ministerio de Salud sustentar el cálculo con información actualizada sobre costos y frecuencia de las atenciones, enfermedades, medicamentos, tecnologías, inflación y características de cada territorio. La decisión de la Corte Constitucional también establece que la UPC del régimen subsidiado no podrá ser inferior al 95% de la correspondiente al régimen contributivo, a menos que exista una justificación técnica para una diferencia mayor. Por su parte, el Ministerio de Hacienda deberá garantizar la disponibilidad de los recursos que se determinen a partir de ese análisis.