El Consejo de Estado falló en primera instancia una tutela en contra de la Presidencia de la República, al considerar que la transmisión de consejos de ministros por canales privados de televisión abierta vulnera el derecho fundamental a la información.
Según el alto tribunal, estas emisiones impidieron el acceso a contenidos informativos diversos, especialmente durante las franjas de mayor audiencia, afectando el pluralismo y el libre ejercicio del derecho de los televidentes a recibir información objetiva, veraz y oportuna.
El Consejo de Estado le ordenó al Presidente de la República, al Departamento Administrativo de la Presidencia y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones abstenerse de continuar con estas transmisiones en canales privados, locales y regionales, sin importar el horario. Aunque reconoció que dichos consejos pueden emitirse por canales públicos, advirtió que no pueden convertirse en única fuente informativa disponible para los ciudadanos, especialmente cuando no hay acceso simultáneo a otras perspectivas o contenidos.


