El decreto que estableció el salario mínimo para 2026 quedó suspendido de manera provisional por decisión del Consejo de Estado, que ordenó al Gobierno Nacional emitir en ocho días un nuevo acto administrativo con carácter transitorio. La corporación exigió que la nueva fijación esté debidamente sustentada en criterios legales como la meta de inflación definida por el Banco de la República, la productividad y el crecimiento económico. Asimismo, el Consejo de Estado aclaró que mientras se expide el nuevo decreto del salario mínimo para 2026, seguirá aplicándose el valor vigente y no se afectarán pagos ya causados.
En la resolución, el Consejo de Estado afirmó:
DECRETAR la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, expedido por el presidente de la República y los ministros del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público.
A título de medida cautelar, ORDENAR a las entidades demandas que, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso.
Para la determinación de dicha cifra, el Gobierno Nacional deberá atender y aplicar la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo jurisprudencial, de la manera establecida en la parte motiva de esta decisión.
A saber: meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República para el año 2026; productividad acordada por el Comité Tripartito de Productividad que Coordina el Ministerio del Trabajo, en este caso, correspondiente a las cifras oficiales certificadas por el DANE; contribución de los salarios al ingreso nacional en la vigencia 2025; incremento del producto interno bruto del año 2025; inflación real del año 2025 según el índice de precios al consumidor, calculada desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2025; la especial protección del trabajo; la necesidad de mantener una remuneración mínima, vital y móvil; la función social de la empresa; y los objetivos constitucionales de la dirección de la economía a cargo del Estado.
Con esta decisión, el decreto que fijó el salario mínimo para 2026 quedó suspendido de manera provisional y según el Consejo de Estado, el Gobierno deberá expedir en un plazo de ocho días una nueva norma transitoria debidamente sustentada en los criterios legales y económicos exigidos, mientras continúa vigente el valor actual hasta que se adopte una determinación de fondo.


