SIC: Administraciones de propiedad horizontal no podrán exigir datos biométricos

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) recalcó que las administraciones de conjuntos residenciales no pueden obligar a propietarios, residentes o visitantes a entregar datos biométricos como condición para ingresar a una copropiedad. La entidad explicó que información como el reconocimiento facial, las huellas dactilares o el escaneo del iris pertenece a la categoría de datos sensibles y su tratamiento requiere una autorización previa, expresa e informada por parte de los titulares.

El pronunciamiento surge ante el aumento del uso de tecnologías biométricas en edificios y conjuntos residenciales como mecanismos de control de acceso. Aunque la SIC reconoció que estas herramientas pueden contribuir a la seguridad, aclaró que no pueden convertirse en una obligación para los residentes de propiedad horizontal.