La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 280 del Plan Nacional de Desarrollo del presidente Gustavo Petro, que modifica la temporalidad de la Contribución Nacional de Valorización. Este artículo permitía que la contribución se aprobara y aplicara hasta cinco años después del inicio de un proyecto de infraestructura vial, lo que generó controversia. La Corte argumentó que la norma no cumplía con el principio de unidad de materia, ya que no tenía una relación directa e inmediata con las metas del Plan Nacional de Desarrollo.
La decisión de la Corte responde a un reclamo sobre la modificación de la temporalidad en la que se debía aplicar la contribución, argumentando que dicha medida carecía de claridad y violaba principios constitucionales relacionados con la seguridad jurídica.


